martes, 2 de mayo de 2017

servientrega EFECTY | APOSTILLA COLOMBIA

CÓMO PROCESAR UNA APOSTILLA?

¿Qué es Apostilla?
La apostilla es la legalización de la firma de un funcionario público en ejercicio de sus funciones cuya firma deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se apostilla la firma del funcionario público impuesta en el documento mas no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe apostillar cuando el país en el cual surtirá efectos es parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.
La apostilla también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Qué es Legalización?
La legalización consiste en reconocer la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores para que el documento sea válido en otro país. Se legaliza la firma del funcionario público impuesta en el documento, más no se certifica ni revisa su contenido. Un documento se debe legalizar cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.
La legalización también podrá imponerse sobre documento privado. La firma del documento privado deberá ser reconocida por notario público, la firma de éste último deberá estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Si realiza el trámite en Bogotá:
    • Deberá tener un correo electrónico.
    • Dirigirse a la Av Carrera 19 N° 98 – 03 Sexto Piso, Edificio Torre 100. Oficina de Apostilla y Legalización.
    • Presentar su documento de identidad.
    • Los documentos a Apostillar o Legalizar deben traer el nombre del país donde van a surtir efectos en el borde superior derecho.
    • Todos los documentos deben contener la firma del funcionario público:
      • Emitidos por entidad pública: la firma del funcionario público en ejercicio de sus funciones que suscribe el documento debe estar registrada en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
      • Emitidos por particulares: la firma que suscribe el documento debe estar registrada en una notaria o debe hacerse la presentación personal. La firma que se apostilla o legaliza es la del notario público que debe estar en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
    • Podrá pagar por el botón PSE o en cualquier sucursal de GNB Sudameris, o en el cajero dentro de las oficinas, o en un cajero de la Red Servibanca.
    • Las constancias o certificaciones de firmas en documentos anexos no son válidas.
    • Si el documento a Apostillar o Legalizar requiere presentarse en otro idioma diferente al castellano, deberá ser traducido por traductor oficial. El listado de traductores oficiales se encuentra en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual debe consultar el directorio de traductores oficiales.Consulte el Directorio de Traductores Oficiales. Una vez traducido el documento deberá Apostillarse o Legalizarse la firma del traductor oficial. El Ministerio de Relaciones Exteriores no se hace responsable de la calidad de los trabajos de traducción o de la tarifa cobrada por los mismos.
    • El usuario deberá revisar la Apostilla o Legalización, en caso de requerise una correción solo se hará antes de 24 horas hábiles después de emitida la Apostilla o Legalización.
    • La Apostilla o Legalización así como el recibo para el pago llegarán al correo electrónico que el usuario indique para tal fin.
    • Todos los documentos que se presenten en la Oficina y sobrepasen el tamaño carta u oficio deberán entregarse en una fotocopia reducida junto con el original.
    • Para mayor información consulte la opción “Requisitos” en el siguiente vínculo: Requisitos Apostilla o Legalización o comuníquese con el Centro Integral de Atención al Ciudadano (CIAC) en la línea 3826999 en Bogotá, al 01 8000 938 000 fuera de Bogotá o a través del servicio de Chat, video llamada y contáctenos que tiene dispuesto el Ministerio de Relaciones Exteriores en su página web: www.cancilleria.gov.co medios que funcionan las 24 horas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario